27.11.09 Marc-Roger Lloveras
Teoría de las organizaciones
                                           
¿Qué hacemos con las fundaciones?

Soplan vientos de cambio en el control público sobre las fundaciones. El escándalo por lo sucedido en el Palau de la Música Catalana no admite demora en las respuestas legales a adoptar tras la constatación de que algunas lagunas de la legislación vigente habrían sido aprovechadas por los defraudadores. Tampoco admite demora la reformulación de mecanismos de control -la gran mayoría ya existentes- para aumentar su eficacia: lo sucedido en el Palau, por más habilidad delictiva que quiera atribuirse a sus autores, se antoja incomprensible a la luz de las funciones ya atribuidas al protectorado.

Entre prisas, el Govern de la Generalitat anunció, el 16 de noviembre, un paquete de medidas como respuesta reactiva, casi punto por punto, a los abusos cometidos en el Palau. Así, incumplido desde febrero el mandato al Govern para presentar al Parlament un proyecto de ley sobre el protectorado –disposición transitoria cuarta del libro III del Código civil de Catalunya, aprobado en abril de 2008- las tropelías de Millet y sus adláteres han conseguido sacar del olvido los trabajos previos iniciados también a golpe de escándalo -Intervida, hoy intervenida judicialmente- hará ya más de tres años. Planificamos poco y estamos demasiado avezados a la legislación en caliente, pero al menos en esta ocasión los parches pueden encontrar un buen acomodo en la citada ley.

Cabe, no obstante, recordar que ya hay regulación sobre el protectorado y que aquélla dota a éste de amplias facultades de control, que además se refuerzan en el libro III con la reintroducción de la potestad de inspección. Por ello la lectura de las medidas propuestas nos puede saber a poco.

Se propone, en primer lugar, que el protectorado deba conocer la compatibilización de cargos en diferentes entidades vinculadas y que deba eventualmente autorizarla. Ello profundiza en un mejor conocimiento interno y en la diversificación de la gestión ya impuesta por el libro III. Sin embargo, desconocemos los criterios de compatibilidad, pero permítanme dudar que esto vaya a afectar, incluso de su posible sentido, a los presidentes de cajas catalanas, de clubes de fútbol o de partidos políticos, que presiden también sus fundaciones. Además, la vinculación entre diferentes entidades deberá tener también su reflejo contable y para ello se obligará a las fundaciones creadas por una asociación a presentar un balance consolidado.

En segundo lugar, la modificación del Plan Contable para incrementar la información incluyendo en la memoria un mayor detalle de las subvenciones recibidas de entidades públicas y de convenios de colaboración con entidades públicas o privadas. La medida, que contribuiría a incrementar la información justificativa de la adecuación de las actividades realizadas a las finalidades fundacionales, resulta mucho más relevante para el control público que obligar a incluir información sobre acciones realizadas para promover la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres -tal como ocurre actualmente-. La medida, no obstante, omite la necesidad de una coordinación profunda de las subvenciones y ayudas públicas siendo aquí perfectamente posible un control unificado, quizá incluso, dentro del mismo protectorado y hasta cierto punto previo a la concesión de subvenciones.

La propuesta también señala que se reforzarán los mecanismos que permitan fortalecer la función inspectora y que se impulsará la creación de órganos de control interno. Sobre la primera, quizá no sea conveniente crear algo similar a un cuerpo de inspectores de fundaciones, pero algo más de dinero es lo único que puede darle sentido. La segunda no es nada nuevo, pues reitera lo ya previsto en el libro III, aunque sería también una buena oportunidad para aprovechar los mecanismos que, como los balances sociales, ya se utilizan en buena parte del mundo fundacional.

Una vez aprobada la ley del protectorado podremos valorarla. Pero el Govern no habrá terminado del todo sus deberes. Le quedará promover otra ley, a la que renunció durante la tramitación del libro III, que contribuiría a una mayor claridad en el sector: la regulación de las fundaciones públicas. Además, hoy en día se hace difícil pensar en transparencia sin el uso de internet: vean la web de la Charity Comission (http://www.charity-commission.gov.uk/) y si les gusta piensen que aquí podríamos tener lo mismo.


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